C/ VEINTE DE FEBRERO 5 - VALLADOLID

Visado de emprendedores para España

El visado de emprendedor es un permiso de residencia que permite vivir en España durante el período de 3 años, siempre y cuando se inicie una empresa que se ajuste al interés general de la economía española.

Todo extranjero, mayor de 18 años, que no sea nacional de un Estado Miembro de la UE o de un Estado Schengen, y que tenga la intención de desplazarse a España para desarrollar una actividad emprendedora, podrá solicitar este visado. Para ello, debe enviar la solicitud con la documentación necesaria a la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE).

Su tramitación se regula por la Ley 14/2013 de 27 de septiembre del BOE de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, y subsidiariamente por el Reglamento de Extranjería. Esta ley también regula otros permisos como la residencia para inversor o el visado como altamente cualificados.

 

¿Qué condiciones tiene?:
- Debe crear empleo para el país, por lo menos a largo plazo.

- Tiene que crear oportunidades de inversión tanto nacionales como extranjeras.
- Su proceso operativo debe implicar un alto nivel de tecnología y mejorar el desarrollo socioeconómico de España.

- Debe tratarse de un negocio original y no debe tener otros competidores en España. En caso de que haya competidores, debe demostrar por qué el proyecto empresarial es mejor.
- El solicitante debe ser de un país no perteneciente a la Unión Europea y mayor de 18 años.
- No disponer de antecedentes penales. Esto debe ser válido tanto para España como para cualquier otro país durante los 5 años anteriores a la solicitud.
- El solicitante no puede estar en una situación irregular en España.
- Disponer de seguridad social, ya sea pública o privada, con cobertura total en España.
- Debe contar con medios económicos suficientes, que equivaldrían a 30.250€ en la cuenta bancaria (para un segundo solicitante son 11.340€ adicionales, y para el resto son 3.780€ adicionales).

 

 

¿Qué documentación hay que presentar?
- Pasaporte original y completo. Debe ser reconocido por España, tener una validez mínima de 1 año, contar con al menos 2 páginas en blanco y deberá permitir el retorno al país de expedición.
- Impreso de solicitud de visado nacional.
-1 fotografía, deberá ajustarse a los requisitos técnicos del Documento 9303 de la OACI.
- Comprobante de pago de la tasa correspondiente.

*La tasa del visado no se devuelve al interesado en caso de denegación del visado.

- Seguro médico concertado con una entidad aseguradora autorizada a operar en España.
- Certificado de saldo de cuenta bancaria que demuestre los ahorros necesarios.
- Plan de negocios, donde se deberá incluir lo siguiente:
  •   Descripción del proyecto: actividad empresarial a desarrollar, fecha de inicio, forma    jurídica...
  • Descripción del producto o servicio.
  • Análisis de mercado: evolución esperada, posibles competidores y análisis de oferta y demanda.
  • Financiación: inversión requerida, fuentes de financiación y plan financiero.
  • Valor añadido para la economía española, la innovación y oportunidades de inversión.
  • Compromiso de las obligaciones de la Seguridad Social una vez que se otorgue el permiso.
  • Diploma universitario o experiencia laboral de al menos 3 años en el campo.

 

 

¿Qué ventajas tiene?
- Se puede obtener mientras se está en España.
- A diferencia del resto de los permisos de residencia bajo la ley general de extranjería, concede la posibilidad de vivir en España durante 3 años más las renovaciones (en lugar de sólo 1).
- Con la visa de emprendedor, tendrá libre movimiento dentro de los países que forman el área Schengen.
- No es necesario estar presencialmente para la solicitud. Puede designar un representante para que haga el trámite por ti, evitando la necesidad de venir a España para obtener tu permiso de residencia.
- Aplicación conjunta: Puedes solicitar tu visado también para tu familia, con solo un miembro de esta iniciando un proyecto empresarial. Podrás traer a tus padres (sólo si tienen más de 65 años y son económicamente dependientes de ti), cónyuge e hijos menores de 18 años.

 

¿Después de los 3 años se puede renovar?

Si, una vez finalizada la autorización de residencia se deberá renovar.

Esta renovación tiene los mismos requisitos que el visado de emprendedores inicial, y permitirá la residencia en España durante 2 años más; a partir de ahí, al llevar 5 años en el país, se puede solicitar la residencia de larga duración.

En este caso, es importante demostrar cuál es el desempeño del negocio y una proyección futura viable porque ha habido tiempo suficiente para que evalúen el rendimiento de la empresa